Índice
Por qué importa distinguir entre cliente empresa y cliente particular
Vender a un particular: el régimen REBU
Vender a una empresa o autónomo: IVA desglosado
Comparativa práctica con números reales
Cuándo no puedes aplicar REBU aunque vendas a un particular
Entregas intracomunitarias y exportaciones
Factura simplificada vs factura completa: cuándo usar cada una
Errores fiscales habituales en concesionarios
Cómo Dealcar simplifica la facturación
Preguntas frecuentes

En una compraventa de coches usados, no todas las operaciones tributan igual. El mismo coche, comprado al mismo precio, genera obligaciones fiscales completamente distintas dependiendo de si lo vendes a un particular, a una empresa, a un autónomo o a un cliente en otro país de la UE.
La mayoría de concesionarios conocen la existencia del REBU y saben que al vender a particulares tributan por el margen. Pero cuando se baja al detalle (cuándo se puede aplicar REBU y cuándo no, qué ocurre si el coche se compró con IVA deducible, cómo facturar una venta a una empresa que va a deducirse el IVA) es donde aparecen las dudas y, con ellas, los errores que pueden acabar en una inspección.
En este artículo repasamos las diferencias fiscales reales entre vender a empresas y a particulares, con ejemplos prácticos y cifras concretas.
Por qué importa distinguir entre cliente empresa y cliente particular
Desde el punto de vista tributario, el tipo de cliente determina tres cosas: qué régimen fiscal aplicas a la operación, cómo emites la factura y qué obligaciones de documentación tienes.
Cuando vendes a un particular, normalmente puedes acogerte al Régimen Especial de Bienes Usados (REBU), que te permite tributar solo por el margen de beneficio. El IVA no se desglosa en la factura y el particular paga un precio final cerrado.
Cuando vendes a una empresa o autónomo que va a usar el coche en su actividad, la operación funciona con IVA general (21%). La factura debe desglosar base imponible e IVA, y el comprador puede deducirse ese IVA en su declaración.
Confundir un régimen con otro, aplicar REBU cuando no corresponde o no desglosar IVA cuando el cliente lo necesita para deducir son errores que generan problemas tanto para ti como para tu cliente. Y Hacienda los detecta.
Vender a un particular: el régimen REBU
El REBU es el régimen fiscal que más beneficia a los concesionarios de coches usados cuando venden a particulares. Su principal ventaja es que solo tributas por el margen de beneficio, no por el precio total de venta.
Cómo funciona
Compras un coche por 6.000 euros a un particular (sin derecho a deducción de IVA, porque el particular no te hace factura con IVA). Lo vendes por 8.000 euros. Tu margen bruto es de 2.000 euros. Con REBU, solo tributas IVA sobre esos 2.000 euros de margen, no sobre los 8.000 euros totales.
El IVA que ingresas a Hacienda es: 2.000 / 1,21 = 1.652,89 euros de base imponible, y 347,11 euros de IVA. Tu beneficio neto antes de IRPF o Impuesto de Sociedades es de 1.652,89 euros.
Cómo se refleja en la factura
Cuando aplicas REBU, la factura al cliente particular no desglosa el IVA. El precio que aparece es el precio final. La factura debe incluir la mención "Régimen especial de bienes usados" o referencia al artículo 135 de la Ley del IVA, pero el comprador no ve la descomposición de base + IVA.
Esto es importante: al no desglosar IVA, el comprador particular no puede deducirse nada (lo cual no le afecta, porque los particulares no deducen IVA). Pero si tu cliente es una empresa que necesita deducir, no puedes usar REBU. Eso lo vemos en la siguiente sección.
Requisito para poder aplicar REBU
No siempre puedes aplicar REBU. El régimen solo es aplicable cuando el coche fue adquirido sin derecho a deducción de IVA. Es decir, cuando lo compraste a un particular, a otro concesionario que también aplicó REBU, o a una empresa que no repercutió IVA en la venta.
Si compraste el coche con factura con IVA desglosado (por ejemplo, a una empresa de renting o a un concesionario oficial que te facturó con IVA general) y te dedujiste ese IVA, no puedes aplicar REBU en la reventa. Tendrás que facturar con IVA general, independientemente de si el comprador es particular o empresa.
Vender a una empresa o autónomo: IVA desglosado
Cuando tu cliente es una empresa o un autónomo que va a utilizar el coche para su actividad profesional, la operación debe facturarse con IVA desglosado al tipo general del 21%.
Cómo funciona
Vendes el mismo coche de 8.000 euros, pero a una empresa. La factura será: base imponible 8.000 euros + IVA 21% (1.680 euros) = total 9.680 euros.
La empresa paga 9.680 euros pero puede deducirse los 1.680 euros de IVA en su declaración trimestral. Para la empresa, el coste real es de 8.000 euros.
Para ti como concesionario, el beneficio bruto es de 2.000 euros (8.000 - 6.000 de coste de adquisición). Pero a diferencia del REBU, el IVA que ingresas a Hacienda es 1.680 euros (el 21% sobre el total), no sobre el margen. Si te dedujiste IVA al comprar el coche, se compensa. Si no (porque lo compraste a un particular), el impacto fiscal es mayor.
Requisitos formales de la factura
La factura a una empresa debe incluir datos fiscales completos del comprador (razón social, NIF, dirección fiscal), base imponible y tipo de IVA aplicado (21%), el importe del IVA desglosado, fecha de la operación y número de factura correlativo.
Un error habitual es que el concesionario no pida los datos fiscales completos de la empresa compradora. Sin NIF correcto en la factura, el comprador no podrá deducirse el IVA, lo que genera reclamaciones y mala imagen.
Cuándo la empresa no puede deducir el 100%
No todas las empresas se deducen el 100% del IVA de un coche. La normativa española limita la deducción al 50% si el vehículo no se utiliza exclusivamente para la actividad profesional. Solo se puede deducir el 100% si el coche se destina íntegramente a la actividad (vehículos comerciales, taxis, autoescuelas, alquiler, representantes comerciales con justificación, etc.).
Conviene informar al cliente empresa de esta limitación si te lo pregunta, pero la responsabilidad de la deducción es suya, no tuya. Tu obligación es emitir la factura correctamente con el IVA desglosado.
Comparativa práctica con números reales
Para que las diferencias queden claras, veamos el mismo coche vendido bajo los dos regímenes.
Datos base: Coche comprado a un particular por 6.000 euros (sin IVA). Precio de venta: 8.000 euros.
Concepto | Venta a particular (REBU) | Venta a empresa (IVA general) |
|---|---|---|
Precio de venta | 8.000 € (IVA incluido en margen) | 8.000 € + 1.680 € IVA = 9.680 € |
Base imponible del IVA | 1.652,89 € (margen / 1,21) | 8.000 € |
IVA a ingresar a Hacienda | 347,11 € | 1.680 € |
El comprador paga | 8.000 € | 9.680 € (deduce 1.680 € si tiene derecho) |
Beneficio neto del concesionario | 1.652,89 € | 2.000 € (antes de IS) |
IVA desglosado en factura | No | Sí |
La diferencia en IVA ingresado a Hacienda es notable: 347 euros vs 1.680 euros. Por eso el REBU es tan ventajoso para la compraventa cuando vende a particulares. Pero solo puedes usarlo cuando se cumplen los requisitos.
Ahora veamos el mismo caso pero con un coche que compraste a una empresa de renting con factura con IVA (6.000 € + 1.260 € IVA = 7.260 €, y te dedujiste los 1.260 €).
Concepto | Venta a particular (IVA general, no REBU) | Venta a empresa (IVA general) |
|---|---|---|
Precio de venta | 9.680 € (8.000 + IVA) | 9.680 € (8.000 + IVA) |
IVA repercutido | 1.680 € | 1.680 € |
IVA soportado deducido en compra | 1.260 € | 1.260 € |
IVA neto a ingresar | 420 € | 420 € |
En este caso, al haber comprado con IVA, no puedes aplicar REBU y la operación fiscal es idéntica vendas a quien vendas.
Cuándo no puedes aplicar REBU aunque vendas a un particular
Este es uno de los puntos que más confusión genera. No basta con que el comprador sea particular para poder aplicar REBU. El régimen depende de cómo adquiriste el coche, no de a quién lo vendes.
No puedes aplicar REBU si compraste el coche con factura con IVA desglosado y te lo dedujiste. Esto ocurre cuando compras a empresas de renting, a concesionarios oficiales que te facturan con IVA general, o a empresas que venden vehículos de su flota con IVA.
Sí puedes aplicar REBU si compraste el coche a un particular (sin factura con IVA), a otro concesionario que también aplicó REBU, o a una empresa que te vendió sin repercutir IVA (por ejemplo, porque el coche estaba afecto a una actividad exenta).
La clave está en el origen de la compra, no en el destino de la venta. Si tienes dudas sobre un coche concreto, consulta con tu asesor fiscal antes de emitir la factura.
Entregas intracomunitarias y exportaciones
Si vendes a un cliente en otro país de la UE o fuera de ella, las reglas fiscales cambian de nuevo.
Venta a empresa de la UE (entrega intracomunitaria)
Si el comprador es una empresa con NIF intracomunitario válido (verificable en el sistema VIES de la Comisión Europea), la operación puede estar exenta de IVA. Emites factura sin IVA, con la mención "Entrega intracomunitaria exenta, artículo 25 Ley del IVA", y la empresa compradora autoliquida el IVA en su país.
Requisitos para la exención: el comprador debe tener NIF intracomunitario activo en VIES, el vehículo debe salir físicamente de España, y debes conservar prueba del transporte (CMR, albarán de entrega, documentación de transporte).
Si no cumples estos requisitos y Hacienda lo detecta, te exigirá el IVA no repercutido más recargos e intereses.
Venta a particular de la UE
Si el comprador es un particular de otro país de la UE, aplicas IVA español (21%) como en cualquier venta nacional a particular. El particular no puede deducir nada.
Exportación fuera de la UE
Las exportaciones a países fuera de la UE están exentas de IVA. Emites factura sin IVA con la mención de exportación y conservas el DUA (Documento Único Administrativo) como justificante.
Factura simplificada vs factura completa: cuándo usar cada una
La normativa permite emitir factura simplificada (similar a un ticket) en ventas a particulares cuando el importe no supera los 400 euros. En la práctica, esto rara vez aplica en la venta de coches.
Para todas las operaciones de venta de vehículos, lo recomendable es emitir siempre factura completa. Esto incluye todos los datos del vendedor y del comprador, descripción del vehículo (marca, modelo, matrícula, número de bastidor), base imponible, IVA (o mención de REBU), y fecha y número de factura.
Cuando el comprador es una empresa, la factura completa es obligatoria sin excepción. Cuando es un particular, no es estrictamente obligatorio si el importe es bajo, pero en la venta de coches siempre debe ser factura completa por la trazabilidad que exige la DGT y Hacienda para estos bienes.

Errores fiscales habituales en concesionarios
Aplicar REBU a un coche comprado con IVA deducido. Es el error más grave y el que más sanciones genera. Si compraste con factura con IVA y te lo dedujiste, debes vender con IVA general. Aplicar REBU en esta situación es una irregularidad que Hacienda detecta al cruzar datos.
No verificar el NIF intracomunitario en ventas a empresas de la UE. Vender sin IVA a una empresa cuyo NIF no está activo en VIES te obliga a ingresar el IVA que no repercutiste. Verifica siempre antes de emitir la factura.
No pedir datos fiscales completos a empresas. Sin NIF, razón social y dirección fiscal correctos, la factura no es válida y el comprador no puede deducir. Esto genera reclamaciones y pérdida de confianza.
Confundir margen negativo con REBU. Si vendes un coche por menos de lo que pagaste (margen negativo), no hay IVA que ingresar bajo REBU, pero debes igualmente registrar la operación correctamente. No se puede compensar el margen negativo con otras operaciones REBU.
No conservar documentación de transporte en intracomunitarias. Sin prueba de que el coche salió de España, la exención de IVA no es válida. Hacienda puede reclamarte el 21% años después.
Cómo Dealcar simplifica la facturación
Gestionar correctamente la fiscalidad de cada operación requiere saber qué régimen aplicar, emitir la factura con el formato correcto y conservar la documentación adecuada. Hacerlo manualmente, operación por operación, es una fuente constante de errores.
Dealcar integra funcionalidades diseñadas para que el concesionario no tenga que preocuparse por estos detalles.
Aplicación automática del régimen fiscal. Al registrar la compra de un vehículo, Dealcar identifica si se compró con o sin IVA. Cuando llega el momento de la venta, la plataforma sugiere automáticamente si aplica REBU o IVA general, reduciendo el riesgo de error.
Facturación electrónica Verifactu. Dealcar genera facturas conformes a la normativa Verifactu, con todos los campos obligatorios, el régimen fiscal correcto y la trazabilidad que exige Hacienda.
Control de márgenes por operación. Cada expediente de venta muestra el margen real, el IVA a ingresar y el beneficio neto. Tienes visibilidad completa sobre la rentabilidad de cada operación antes de cerrarla.
Expedientes documentados. Toda la documentación de cada compraventa (factura de compra, factura de venta, contrato, informe DGT) queda centralizada en el expediente del vehículo, lista para cualquier requerimiento de Hacienda.
Si quieres ver cómo funciona, solicita una demo de Dealcar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo elegir entre aplicar REBU o IVA general?
No es una elección libre. Si compraste el coche sin derecho a deducción de IVA (a un particular o con REBU), debes aplicar REBU al vender. Si compraste con IVA deducido, debes aplicar IVA general. El régimen depende del origen, no de tu preferencia.
¿Qué pasa si una empresa me compra un coche y yo apliqué REBU?
Si vendes con REBU, la factura no desglosa IVA. La empresa compradora no podrá deducirse nada. Algunos compradores profesionales te pedirán que factures con IVA general para poder deducir. Solo puedes hacerlo si el coche fue adquirido con IVA deducible. Si no, debes aplicar REBU aunque el comprador sea empresa.
¿Las sanciones por aplicar mal el REBU son graves?
Sí. Hacienda puede reclamar el IVA no ingresado más recargos que oscilan entre el 1% y el 100% del importe, según la gravedad y la intencionalidad. Además, si se detecta un patrón de irregularidades, puede derivar en una inspección completa de la actividad.
¿Cómo facturo si vendo un coche a un autónomo que lo usa para su negocio?
Igual que a una empresa: factura con IVA desglosado al 21% (siempre que el coche se comprara con IVA deducible). El autónomo podrá deducirse el IVA en la medida en que el coche esté afecto a su actividad profesional.
¿Qué ocurre si vendo un coche y el margen es cero o negativo?
Si aplicas REBU y el margen es cero o negativo, no hay IVA que ingresar por esa operación. Debes igualmente registrar la factura y la operación. No puedes compensar márgenes negativos de REBU con márgenes positivos de otras operaciones.
Índice
Por qué importa distinguir entre cliente empresa y cliente particular
Vender a un particular: el régimen REBU
Vender a una empresa o autónomo: IVA desglosado
Comparativa práctica con números reales
Cuándo no puedes aplicar REBU aunque vendas a un particular
Entregas intracomunitarias y exportaciones
Factura simplificada vs factura completa: cuándo usar cada una
Errores fiscales habituales en concesionarios
Cómo Dealcar simplifica la facturación
Preguntas frecuentes

En una compraventa de coches usados, no todas las operaciones tributan igual. El mismo coche, comprado al mismo precio, genera obligaciones fiscales completamente distintas dependiendo de si lo vendes a un particular, a una empresa, a un autónomo o a un cliente en otro país de la UE.
La mayoría de concesionarios conocen la existencia del REBU y saben que al vender a particulares tributan por el margen. Pero cuando se baja al detalle (cuándo se puede aplicar REBU y cuándo no, qué ocurre si el coche se compró con IVA deducible, cómo facturar una venta a una empresa que va a deducirse el IVA) es donde aparecen las dudas y, con ellas, los errores que pueden acabar en una inspección.
En este artículo repasamos las diferencias fiscales reales entre vender a empresas y a particulares, con ejemplos prácticos y cifras concretas.
Por qué importa distinguir entre cliente empresa y cliente particular
Desde el punto de vista tributario, el tipo de cliente determina tres cosas: qué régimen fiscal aplicas a la operación, cómo emites la factura y qué obligaciones de documentación tienes.
Cuando vendes a un particular, normalmente puedes acogerte al Régimen Especial de Bienes Usados (REBU), que te permite tributar solo por el margen de beneficio. El IVA no se desglosa en la factura y el particular paga un precio final cerrado.
Cuando vendes a una empresa o autónomo que va a usar el coche en su actividad, la operación funciona con IVA general (21%). La factura debe desglosar base imponible e IVA, y el comprador puede deducirse ese IVA en su declaración.
Confundir un régimen con otro, aplicar REBU cuando no corresponde o no desglosar IVA cuando el cliente lo necesita para deducir son errores que generan problemas tanto para ti como para tu cliente. Y Hacienda los detecta.
Vender a un particular: el régimen REBU
El REBU es el régimen fiscal que más beneficia a los concesionarios de coches usados cuando venden a particulares. Su principal ventaja es que solo tributas por el margen de beneficio, no por el precio total de venta.
Cómo funciona
Compras un coche por 6.000 euros a un particular (sin derecho a deducción de IVA, porque el particular no te hace factura con IVA). Lo vendes por 8.000 euros. Tu margen bruto es de 2.000 euros. Con REBU, solo tributas IVA sobre esos 2.000 euros de margen, no sobre los 8.000 euros totales.
El IVA que ingresas a Hacienda es: 2.000 / 1,21 = 1.652,89 euros de base imponible, y 347,11 euros de IVA. Tu beneficio neto antes de IRPF o Impuesto de Sociedades es de 1.652,89 euros.
Cómo se refleja en la factura
Cuando aplicas REBU, la factura al cliente particular no desglosa el IVA. El precio que aparece es el precio final. La factura debe incluir la mención "Régimen especial de bienes usados" o referencia al artículo 135 de la Ley del IVA, pero el comprador no ve la descomposición de base + IVA.
Esto es importante: al no desglosar IVA, el comprador particular no puede deducirse nada (lo cual no le afecta, porque los particulares no deducen IVA). Pero si tu cliente es una empresa que necesita deducir, no puedes usar REBU. Eso lo vemos en la siguiente sección.
Requisito para poder aplicar REBU
No siempre puedes aplicar REBU. El régimen solo es aplicable cuando el coche fue adquirido sin derecho a deducción de IVA. Es decir, cuando lo compraste a un particular, a otro concesionario que también aplicó REBU, o a una empresa que no repercutió IVA en la venta.
Si compraste el coche con factura con IVA desglosado (por ejemplo, a una empresa de renting o a un concesionario oficial que te facturó con IVA general) y te dedujiste ese IVA, no puedes aplicar REBU en la reventa. Tendrás que facturar con IVA general, independientemente de si el comprador es particular o empresa.
Vender a una empresa o autónomo: IVA desglosado
Cuando tu cliente es una empresa o un autónomo que va a utilizar el coche para su actividad profesional, la operación debe facturarse con IVA desglosado al tipo general del 21%.
Cómo funciona
Vendes el mismo coche de 8.000 euros, pero a una empresa. La factura será: base imponible 8.000 euros + IVA 21% (1.680 euros) = total 9.680 euros.
La empresa paga 9.680 euros pero puede deducirse los 1.680 euros de IVA en su declaración trimestral. Para la empresa, el coste real es de 8.000 euros.
Para ti como concesionario, el beneficio bruto es de 2.000 euros (8.000 - 6.000 de coste de adquisición). Pero a diferencia del REBU, el IVA que ingresas a Hacienda es 1.680 euros (el 21% sobre el total), no sobre el margen. Si te dedujiste IVA al comprar el coche, se compensa. Si no (porque lo compraste a un particular), el impacto fiscal es mayor.
Requisitos formales de la factura
La factura a una empresa debe incluir datos fiscales completos del comprador (razón social, NIF, dirección fiscal), base imponible y tipo de IVA aplicado (21%), el importe del IVA desglosado, fecha de la operación y número de factura correlativo.
Un error habitual es que el concesionario no pida los datos fiscales completos de la empresa compradora. Sin NIF correcto en la factura, el comprador no podrá deducirse el IVA, lo que genera reclamaciones y mala imagen.
Cuándo la empresa no puede deducir el 100%
No todas las empresas se deducen el 100% del IVA de un coche. La normativa española limita la deducción al 50% si el vehículo no se utiliza exclusivamente para la actividad profesional. Solo se puede deducir el 100% si el coche se destina íntegramente a la actividad (vehículos comerciales, taxis, autoescuelas, alquiler, representantes comerciales con justificación, etc.).
Conviene informar al cliente empresa de esta limitación si te lo pregunta, pero la responsabilidad de la deducción es suya, no tuya. Tu obligación es emitir la factura correctamente con el IVA desglosado.
Comparativa práctica con números reales
Para que las diferencias queden claras, veamos el mismo coche vendido bajo los dos regímenes.
Datos base: Coche comprado a un particular por 6.000 euros (sin IVA). Precio de venta: 8.000 euros.
Concepto | Venta a particular (REBU) | Venta a empresa (IVA general) |
|---|---|---|
Precio de venta | 8.000 € (IVA incluido en margen) | 8.000 € + 1.680 € IVA = 9.680 € |
Base imponible del IVA | 1.652,89 € (margen / 1,21) | 8.000 € |
IVA a ingresar a Hacienda | 347,11 € | 1.680 € |
El comprador paga | 8.000 € | 9.680 € (deduce 1.680 € si tiene derecho) |
Beneficio neto del concesionario | 1.652,89 € | 2.000 € (antes de IS) |
IVA desglosado en factura | No | Sí |
La diferencia en IVA ingresado a Hacienda es notable: 347 euros vs 1.680 euros. Por eso el REBU es tan ventajoso para la compraventa cuando vende a particulares. Pero solo puedes usarlo cuando se cumplen los requisitos.
Ahora veamos el mismo caso pero con un coche que compraste a una empresa de renting con factura con IVA (6.000 € + 1.260 € IVA = 7.260 €, y te dedujiste los 1.260 €).
Concepto | Venta a particular (IVA general, no REBU) | Venta a empresa (IVA general) |
|---|---|---|
Precio de venta | 9.680 € (8.000 + IVA) | 9.680 € (8.000 + IVA) |
IVA repercutido | 1.680 € | 1.680 € |
IVA soportado deducido en compra | 1.260 € | 1.260 € |
IVA neto a ingresar | 420 € | 420 € |
En este caso, al haber comprado con IVA, no puedes aplicar REBU y la operación fiscal es idéntica vendas a quien vendas.
Cuándo no puedes aplicar REBU aunque vendas a un particular
Este es uno de los puntos que más confusión genera. No basta con que el comprador sea particular para poder aplicar REBU. El régimen depende de cómo adquiriste el coche, no de a quién lo vendes.
No puedes aplicar REBU si compraste el coche con factura con IVA desglosado y te lo dedujiste. Esto ocurre cuando compras a empresas de renting, a concesionarios oficiales que te facturan con IVA general, o a empresas que venden vehículos de su flota con IVA.
Sí puedes aplicar REBU si compraste el coche a un particular (sin factura con IVA), a otro concesionario que también aplicó REBU, o a una empresa que te vendió sin repercutir IVA (por ejemplo, porque el coche estaba afecto a una actividad exenta).
La clave está en el origen de la compra, no en el destino de la venta. Si tienes dudas sobre un coche concreto, consulta con tu asesor fiscal antes de emitir la factura.
Entregas intracomunitarias y exportaciones
Si vendes a un cliente en otro país de la UE o fuera de ella, las reglas fiscales cambian de nuevo.
Venta a empresa de la UE (entrega intracomunitaria)
Si el comprador es una empresa con NIF intracomunitario válido (verificable en el sistema VIES de la Comisión Europea), la operación puede estar exenta de IVA. Emites factura sin IVA, con la mención "Entrega intracomunitaria exenta, artículo 25 Ley del IVA", y la empresa compradora autoliquida el IVA en su país.
Requisitos para la exención: el comprador debe tener NIF intracomunitario activo en VIES, el vehículo debe salir físicamente de España, y debes conservar prueba del transporte (CMR, albarán de entrega, documentación de transporte).
Si no cumples estos requisitos y Hacienda lo detecta, te exigirá el IVA no repercutido más recargos e intereses.
Venta a particular de la UE
Si el comprador es un particular de otro país de la UE, aplicas IVA español (21%) como en cualquier venta nacional a particular. El particular no puede deducir nada.
Exportación fuera de la UE
Las exportaciones a países fuera de la UE están exentas de IVA. Emites factura sin IVA con la mención de exportación y conservas el DUA (Documento Único Administrativo) como justificante.
Factura simplificada vs factura completa: cuándo usar cada una
La normativa permite emitir factura simplificada (similar a un ticket) en ventas a particulares cuando el importe no supera los 400 euros. En la práctica, esto rara vez aplica en la venta de coches.
Para todas las operaciones de venta de vehículos, lo recomendable es emitir siempre factura completa. Esto incluye todos los datos del vendedor y del comprador, descripción del vehículo (marca, modelo, matrícula, número de bastidor), base imponible, IVA (o mención de REBU), y fecha y número de factura.
Cuando el comprador es una empresa, la factura completa es obligatoria sin excepción. Cuando es un particular, no es estrictamente obligatorio si el importe es bajo, pero en la venta de coches siempre debe ser factura completa por la trazabilidad que exige la DGT y Hacienda para estos bienes.

Errores fiscales habituales en concesionarios
Aplicar REBU a un coche comprado con IVA deducido. Es el error más grave y el que más sanciones genera. Si compraste con factura con IVA y te lo dedujiste, debes vender con IVA general. Aplicar REBU en esta situación es una irregularidad que Hacienda detecta al cruzar datos.
No verificar el NIF intracomunitario en ventas a empresas de la UE. Vender sin IVA a una empresa cuyo NIF no está activo en VIES te obliga a ingresar el IVA que no repercutiste. Verifica siempre antes de emitir la factura.
No pedir datos fiscales completos a empresas. Sin NIF, razón social y dirección fiscal correctos, la factura no es válida y el comprador no puede deducir. Esto genera reclamaciones y pérdida de confianza.
Confundir margen negativo con REBU. Si vendes un coche por menos de lo que pagaste (margen negativo), no hay IVA que ingresar bajo REBU, pero debes igualmente registrar la operación correctamente. No se puede compensar el margen negativo con otras operaciones REBU.
No conservar documentación de transporte en intracomunitarias. Sin prueba de que el coche salió de España, la exención de IVA no es válida. Hacienda puede reclamarte el 21% años después.
Cómo Dealcar simplifica la facturación
Gestionar correctamente la fiscalidad de cada operación requiere saber qué régimen aplicar, emitir la factura con el formato correcto y conservar la documentación adecuada. Hacerlo manualmente, operación por operación, es una fuente constante de errores.
Dealcar integra funcionalidades diseñadas para que el concesionario no tenga que preocuparse por estos detalles.
Aplicación automática del régimen fiscal. Al registrar la compra de un vehículo, Dealcar identifica si se compró con o sin IVA. Cuando llega el momento de la venta, la plataforma sugiere automáticamente si aplica REBU o IVA general, reduciendo el riesgo de error.
Facturación electrónica Verifactu. Dealcar genera facturas conformes a la normativa Verifactu, con todos los campos obligatorios, el régimen fiscal correcto y la trazabilidad que exige Hacienda.
Control de márgenes por operación. Cada expediente de venta muestra el margen real, el IVA a ingresar y el beneficio neto. Tienes visibilidad completa sobre la rentabilidad de cada operación antes de cerrarla.
Expedientes documentados. Toda la documentación de cada compraventa (factura de compra, factura de venta, contrato, informe DGT) queda centralizada en el expediente del vehículo, lista para cualquier requerimiento de Hacienda.
Si quieres ver cómo funciona, solicita una demo de Dealcar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo elegir entre aplicar REBU o IVA general?
No es una elección libre. Si compraste el coche sin derecho a deducción de IVA (a un particular o con REBU), debes aplicar REBU al vender. Si compraste con IVA deducido, debes aplicar IVA general. El régimen depende del origen, no de tu preferencia.
¿Qué pasa si una empresa me compra un coche y yo apliqué REBU?
Si vendes con REBU, la factura no desglosa IVA. La empresa compradora no podrá deducirse nada. Algunos compradores profesionales te pedirán que factures con IVA general para poder deducir. Solo puedes hacerlo si el coche fue adquirido con IVA deducible. Si no, debes aplicar REBU aunque el comprador sea empresa.
¿Las sanciones por aplicar mal el REBU son graves?
Sí. Hacienda puede reclamar el IVA no ingresado más recargos que oscilan entre el 1% y el 100% del importe, según la gravedad y la intencionalidad. Además, si se detecta un patrón de irregularidades, puede derivar en una inspección completa de la actividad.
¿Cómo facturo si vendo un coche a un autónomo que lo usa para su negocio?
Igual que a una empresa: factura con IVA desglosado al 21% (siempre que el coche se comprara con IVA deducible). El autónomo podrá deducirse el IVA en la medida en que el coche esté afecto a su actividad profesional.
¿Qué ocurre si vendo un coche y el margen es cero o negativo?
Si aplicas REBU y el margen es cero o negativo, no hay IVA que ingresar por esa operación. Debes igualmente registrar la factura y la operación. No puedes compensar márgenes negativos de REBU con márgenes positivos de otras operaciones.




